En la siguiente nota, se encuentra la opinión del doctor Olano:
http://www.eltiempo.com/politica/justicia/jorge-pretelt-no-renuncia-a-la-corte-a-pesar-de-escandalo/16460358
Hernán Olano, profesor de la Universidad de La Sabana, señaló que “no podemos volver a la época del 95, con el ‘aquí estoy y aquí me quedo’ (de Samper), hay que tener realmente dignidad”.
Opiniones, comentarios y noticias en diversos medios de comunicación nacionales e internacionales, del Prof. Dr. Hernán Alejandro Olano García, MSc., PhD. Síganlo en Twitter e Instagram: @HernanOlano en su página www.hernanolano.org y en su página de Facebook Hernán Alejandro Olano García (Profesor). Contacto para conceptos, clases, conferencias y nulidades matrimoniales: hernanolano@gmail.com
jueves, 17 de diciembre de 2015
viernes, 11 de diciembre de 2015
Pacto de Unión Solemne entre parejas del mismo sexo
El doctor Olano, con los integrantes de su grupo de investigación, desarrolla una propuesta para la regulación patrimonial de un pacto contractual solemne entre parejas del mismo sexo.
http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/dpriv4e/cont/5/pr/pr10.pdf
http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/dpriv4e/cont/5/pr/pr10.pdf
El Servicio Militar
El Servicio Militar es un deber
patriótico según la
Constitución Política colombiana, que cifra su vigencia en la
necesidad de que todos los colombianos contribuyan a defender y mantener la
independencia, la integridad del territorio y el orden constitucional, cuando
las necesidades públicas lo exijan. Constituye, a la vez, una prestación correlativa
de los derechos que la Carta consagra a favor de los asociados.
Revestido de formalismos legales
y constitucionales, el Servicio Militar, implica, de acuerdo con el artículo 95
Superior, el cumplimiento de unos deberes, que buscan la colaboración de los
conciudadanos para el cumplimiento de las metas trazadas por el Estado,
principalmente en su papel de defensa y protección a éste y a los habitantes de
la República.
Los Derechos Fundamentales tienen
un carácter relacional entre el fenómeno jurídico, --que en este caso sería el
deber constitucional de la prestación del Servicio Militar- y la unidad interna
de los bienes y la naturaleza humana, es decir, la dignidad que toda persona
posee. Juan Cianciardo en su estudio sobre Los Limites de Los Derechos Fundamentales, expone dos teorías sobre el
particular; la externa, que considera que los derechos son ilimitados, pero
que al colegir con los demás derechos crea una limitante, y la interna, que define estos derechos como
limitados por la
Constitución Nacional e ilimitables en su contenido.
Si bien los derechos, y
particularmente los considerados fundamentales, no se pueden desconocer en su
esencia bajo ninguna situación, no se vulneran cuando se regulan para su
adecuado ejercicio, ni tampoco cuando se limitan por la ley o la misma Constitución
para viabilizar el cumplimiento de los deberes que la Carta le impone a las
personas en beneficio de la colectividad o al servicio del Estado.
Así, un deber constitucional no
puede tener prevalencia sobre los derechos constitucionales de los cuales goza,
en este caso, el llamado a filas; menos aún, cuando tal deber se desarrolla en
un contexto riesgoso tanto espacial como temporalmente, teniendo en cuenta el
actual momento de finalización del conflicto que vive el país.
Los soldados y demás efectivos de
la fuerza pública, tienen una importante labor con una alta responsabilidad que
nosotros, los civiles, amparados en postulados constitucionales demandamos,
pero que en ocasiones cegados por el individualismo y por los atares de la vida
diaria, olvidamos los esfuerzos y el riesgo que estos hombres corren en su
tarea y que adicionalmente algunos de ellos ven como sus derechos se desconocen
aún por los estamentos de los cuales hacen parte.
lunes, 7 de diciembre de 2015
Congreso de Derecho Procesal Constitucional en Oaxaca, México
La Facultad de Derecho y Ciencias Sociales (FDCS) de la Universidad Autónoma “Benito Juárez” de Oaxaca (UABJO) fue sede del VII Congreso Internacional: Derecho Procesal Constitucional, el cual se desarrolló la ciudad de Oaxaca del 24 al 27 de noviembre del año en curso y contó con la participación de destacados especialistas en el ámbito nacional e internacional.
El evento inaugural contó con la presencia de Víctor Hugo Alejo Torres, Consejero Jurídico del Gobierno del Estado de Oaxaca; Mayolo García García, Director de la Escuela Judicial; Eduardo Martínez Helmes, Rector de la UABJO; Reynel Vásquez Zárate, Director de la FDCS - UABJO; Martha Mayra Mendoza Solano, Directora Ejecutiva de la Fundación UABJO AC y el especialista y ponente internacional José de Jesús Naveja Macías, así como representantes de las diferentes Facultades y Escuelas de la UABJO e invitados especiales.
Entre los ponentes que participaron de este Congreso, se encuentran los doctores: Eduardo Ferrer Mac Gregor Poisot, José de Jesús Navejas y Jaime Arturo Verdín Pérez, de México; Sergio Díaz Ricci y Oscar Raúl Poccinelli de Argentina; Carlos Ruíz Miguel y José Julio Fernández de España; Jorge Córdova Ortega de Costa Rica; José Félix Palomino Manchego y Gerardo Eto Cruz de Perú y desde Colombia, Hernán Olano García.
Fuente: http://www.noticiasnet.mx/portal/oaxaca/general/agropecuarias/316842-uabjo-lleva-cabo-vii-congreso-internacional-derecho-procesal
viernes, 4 de diciembre de 2015
El tercer plebiscito
Según
el artículo 40 de nuestra Constitución, todo
ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control
del poder político. Para hacer efectivo este derecho puede tomar parte en
elecciones, plebiscitos, referendos, consultas populares y otras formas de
participación democrática.
El plebiscito es mecanismos de participación del pueblo en
ejercicio de su soberanía, conforme al artículo 103 Superior, regulado por la
Ley 134 de 1994, Estatutaria de Mecanismos de Participación Ciudadana, en cuyo
artículo 7 se le define como “el
pronunciamiento del pueblo convocado por el Presidente de la República , mediante el
cual apoya o rechaza una determinada decisión del ejecutivo”.
Cabe
recordar, que así le bajen las cuotas al censo electoral, el artículo 241 de la
Constitución, indica que la Corte Constitucional debe
decidir sobre la constitucionalidad de los referendos sobre leyes y de las
consultas populares y plebiscitos del orden nacional, aunque para estos últimos,
sólo por vicios de procedimiento en su convocatoria y realización, lo cual,
creo que ya está dándose en el Congreso por las irregularidades que para hacer
pasar esta figura se pudieren estar configurando.
El plebiscito tiene un
carácter consultivo y vinculado a problemas de hecho relativos a la estructura
del Estado o de su gobierno, lo cual significa que la última palabra no la
pronuncia el pueblo, con la expresión directa de su voluntad, sino el órgano
estatal correspondiente.
Fueron el movimiento estudiantil promotor de esta idea
y autor del artificio de la «séptima
papeleta electoral», los medios
de comunicación masiva que apoyaron copiosamente este proyecto, y la
receptividad del gobierno y de los jueces de constitucionalidad, así como las
exigencias de algunos grupos guerrilleros, los gestores de este largo proceso y
lleno de vicisitudes que «logró soslayar
las barreras normativas levantadas por el artículo 13 del Plebiscito de 1957 y
el artículo 218 de la
Constitución contra la apelación a fórmulas contrarias a la
democracia representativa, para efecto de modificar el sistema político”, como
lo expresaran Vidal Perdomo y Sáchica en su obra sobre la Constituyente de
1991.
El primer plebiscito fue el que –sin ese nombre-, tuvo
lugar cuando Rafael Núñez y Miguel Antonio Caro,
autores el 30 de noviembre de 1885 de las «bases
de reforma», que sometidas a consideración de las municipalidades, con el
voto afirmativo de 605 contra 14 de los concejos municipales sirvieron para el
comienzo de las deliberaciones de la Convención Nacional de 1886.
El segundo plebiscito, el del 1 de diciembre de 1957, que tuvo su origen
en los decretos legislativos # 0247 y # 0251 del 4 y 9 de octubre de
1957.
Francisco a África
Tres papas
proceden del continente africano: Víctor I, Melquíades y Gelasio I, es decir,
tres pontífices ya habían estado allí, previo a los viajes del Beato Pablo VI a
Uganda en 1969, cuando la mayoría de obispos eran misioneros de origen europeo.
Luego, San Juan Pablo II realizó catorce viajes entre 1980 y 2000, siendo
recurrentes en todos, temas como la inculturación o llegada del mensaje
evangélico a las culturas locales, la defensa de la igualdad personal y la
invitación para que los fieles cristianos dieran testimonio de su fe en la
esfera pública y a alejarse del animismo, una práctica religiosa no conforme
con el cristianismo. Por su parte, Benedicto XVI estuvo del 17 al 23 de marzo
de 2009 en Camerún y Angola y se reunió con representantes de la comunidad
musulmana, felicitándolos por su buena convivencia con los cristianos y, además
hizo entrega a los obispos del instrumentum
laboris del Sínodo para África. Los discursos de Benedicto XVI fueron muy
importantes para el futuro del <<Continente negro>>, pero la prensa
únicamente hizo eco de la polémica desatada por las declaraciones del pontífice
–ahora emérito- en el vuelo desde Roma, pues en respursta a una pregunta sobre
el sida, dijo que esta enfermedad “no se superará con la distribución de
preservativos” y que estos no hacen sino “aumentar los problemas”, añadiendo
que “el único camino eficaz que podía conducir a una solución del problema
sería la renovación espiritual y humana del sentido de la sexualidad humana”,
lo cual a la gente no le llamó la atención.
Ahora, del 25 al
30 de noviembre, Francisco se convierte en el cuarto Papa en viajar a África,
pues su agenda contempla visitas a Kenia, Uganda y a la República
Centroafricana.
El Papa saldrá del aeropuerto romano de
Fiumicino hacia Nairobi y aterrizará en la capital keniota. Después de la
ceremonia de bienvenida y el encuentro con el Presidente de la República en la State House, pronunciará un discurso
ante las autoridades y el cuerpo diplomático.
Su agenda incluye un encuentro interreligioso
y ecuménico en la nunciatura apostólica de Nairobi, celebrará la santa misa en
el campus de la universidad y por la tarde encontrará al clero, a los
religiosos, religiosas y seminaristas en el campo deportivo de la escuela de
Santa María. La jornada concluirá con la visita del Papa a la UNON (Oficina de
las Naciones Unidas en Nairobi).
El viernes 27, por la mañana, Francisco irá a
la barriada de Kangemi y más tarde encontrará a los jóvenes keniotas en el
estadio Kasarani. Después, en una sala del mismo estadio, verá a los obispos
del país. Desde allí se trasladará al aeropuerto Jomo Kenyatta para desplazarse
a Entebbe (Uganda); efectuará una visita de cortesía al Presidente ugandés en
la State Househead, acabada la cual,
pronunciará un discurso ante las autoridades y el cuerpo diplomático. La
primera jornada del Papa en Uganda concluirá con su visita a Munyonyo donde
saludará a los catequistas y profesores.
El sábado, 28 de noviembre, irá primero al
santuario anglicano de los mártires de Namugongo y después al santuario
católico donde celebrará la santa misa por los mártires de Uganda. Por la tarde
tendrá lugar su encuentro con los jóvenes en el Kokolo Air Strip de Kampala, la
visita a la casa de caridad de Nalukolongo y los encuentros con los obispos de
Uganda (en el arzobispado) y con los sacerdotes, religiosos, religiosas y
seminaristas (en la catedral).
El domingo, 29 de noviembre, Francisco se
despedirá de Uganda y emprenderá el viaje en avión a la República
Centroafricana, en cuya capital, Bangui y efectuará una visita de cortesía al
Presidente del Estado de transición en el palacio presidencial de La Renaissance donde también encontrará
a la clase dirigente y al cuerpo diplomático. Desde allí se trasladará a un
campo de refugiados y, finalizada esta visita, encontrará a los obispos de la
República Centroafricana, Más tarde en la Facultad de Teología Evangélica de
Bangui (FATEB), saludará a las Comunidades Evangélicas, celebrará la Santa Misa
en la catedral de Bangui y confesará a varios jóvenes antes de dar inicio a una
vigilia de oración.
Hace tan solo dos
semanas, después de rezar el Ángelus el Papa hizo un llamamiento por los
''dolorosos episodios que en estos últimos días han recrudecido la delicada
situación de la República Centroafricana''. El gobierno de Francia recomendó esta semana al Vaticano
evitar el paso del líder católico en la República Centroafricana, porque los
militares de ese país se negaron a garantizar la seguridad de los fieles.
''Hago un llamamiento a las partes involucradas
-dijo el Pontífice- para que se ponga fin a este ciclo de violencias. Estoy
espiritualmente cercano a los Padres Combonianos de la parroquia de Nuestra
Señora de Fátima en Bangui, que acogen numerosos refugiados. Expreso mi
solidaridad a la Iglesia, a las otras confesiones religiosas y a la entera
nación Centroafricana, sometida a pruebas tan duras, mientras realizan todo
tipo de esfuerzo para superar las divisiones y retomar el camino de la paz''.
''Para manifestar la cercanía orante de toda la
Iglesia a esta nación tan afligida y atormentada, y exhortar a todos los
centroafricanos a ser cada vez más testigos de misericordia y de
reconciliación, el domingo 29 de noviembre tengo intención de abrir la Puerta
Santa de la catedral de Bangui, durante el viaje apostólico que espero cumplir
en aquella nación''.
Es que la situación en la República
Centroafricana es inestable y el gobierno de transición es apoyado por unos 900
soldados franceses que forman parte de la operación Sangaris. A estos se suman
otros nueve mil soldados y mil 500 policías, enviados por la ONU, como parte de
la misión Minusca; todo esto para contener a grupos extremistas como el
musulmán Seleka y Anti-Balaka, formados por cristianos y animistas.
El 30 de noviembre encontrará a la comunidad
musulmana en la mezquita central de Koudoukou en Bangui y celebrará la santa
misa en el estadio del complejo deportivo Barthélémy Boganda y al terminar,
regresará a Roma.
Se
trata de la gira apostólica número 11 del Papa Francisco, con la que cubrirá su
cuarto continente luego de estar en Europa, América y Asia. Sólo le restaría
visitar Oceanía, sin embargo, el mensaje de Cristo, que es el de la Iglesia, ya
es universal.
Sastrería constitucional
El 12 de
noviembre, el Editorial de este diario se refirió a la “sastrería
constitucional”, un buen término para hablar de ese salón de modista de barrio
en el que se ha convertido el Congreso de la República en sus comisiones
primeras, llenas de practicantes en patronaje, zurcido y postura de botones.
Ese mismo día, el presidente Santos pidió en la Universidad Libre, que lo más
rápido posible el Congreso aprobara el plebiscito para que pueda ser revisado
por la Corte Constitucional antes de mayo, es decir, está como la señora que
con las vastas quiere ponerse el vestido y estrenarlo.
La Constitución es una norma
marco para la Convivencia de todos los colombianos, no el mecanismo de
expresión de todas las aspiraciones que hay en la sociedad, de tal forma que
los proyectos de reforma deben ser expresión de aspiraciones de un amplio
espectro social, no de intereses puntuales. La Constitución es una norma con
pretensión de estabilidad y el constante “manoseo” que ha tenido con casi
cuarenta reformas en 25 años, la crítica permanente a los representantes del
Congreso mediante la presentación de proyectos de reformas, y ahora la
iniciativa insurgente, lo que puede es crear en la opinión pública una
sensación de inoperancia o de incorrección del texto Constitucional.
La
iniciativa para reformar la Constitución tiene al Gobierno, como uno de los
principales impulsores de la actividad estatal de esta potestad, en el
entendido de que como representante de la mayoría del pueblo colombiano tiene
la autoridad para proponer un cambio significativo de la forma de ser del
Estado, pero, qué yo sepa, el principal negociador no ha expresado tal
propuesta en nombre de las autoridades constituidas.
Ahora, el
decreto 2176, reglamenta el funcionamiento del
Consejo Interinstitucional del Posconflicto creado por el artículo 127 de la
Ley 1753 de 2015 (Plan Nacional de Desarrollo), que creó el Consejo
Interinstitucional del Posconflicto con el objeto facilitar la coordinación
interinstitucional, la coordinación entre el nivel nacional y territorial y
facilitar la toma de decisiones que se requieran para articular y supervisar la
preparación del alistamiento e implementación de los acuerdos que se deriven de
las conversaciones entre el Gobierno Nacional y las organizaciones armadas
ilegales, así como para articular los programas que contribuyan de manera
fundamental al posconfiicto y a la construcción paz.
Como
decía Emmanuel-Joseph Sieyés, en el <Ensayo sobre los Privilegios>: “guardémonos de dejarnos seducir por esas
apariencias gesticulantes y engañadoras”, pues, precisamente, en la
apariencia de un buen resultado, los diálogos de Cuba se han vuelto –desde el
comienzo-, un escenario de alto costo para Colombia.
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