jueves, 13 de junio de 2013

El Príncipe Juan Arcadio In memoriam 1926 - 2013

S.A.R. e I., el Príncipe Ioannes Arkadios Basilios, Megaduque del Imperio Romano-Byzantino, Duque de Antioquia, Conde de Missolonghi de Etolia, Conde de Sardes de Lydia.

 
Dedicado especialmente a los estudios jurídicos, sociales, económicos, históricos, sanitarios y de la seguridad social. Son innumerables los doctorados honoris causa recibidos, nombramientos de academias, institutos, asociaciones, etc. Sus trabajos han tenido un gran eco internacional. Sus biógrafos creo que se han quedado cortos, cuando han expresado que "es un entrañable amigo, siento por él la devoción que se tiene por un caballero ejemplar, sencillo, esencialmente bueno, afable, cariñoso y sabio".

Sus estudios y publicaciones sobre seguridad social son muy numerosos, pues con ellos ha recibido premios especiales como el del cincuentenario de la fundación del Instituto Nacional de Previsión Social por su trabajo "Álvaro López Núñez y la Previsión Social Española"; las publicaciones sobre historia byzantina, griega clásica y neohelénicas, son muy importantes y muchas se recogen en "Trebizonda", una Revista de Estudios Bizantinos de la que es Director. 

Entre las innumerables publicaciones, está su libro titulado “Byzancio y España” y otros como los siguientes:

"Alfonso V° El Magnánimo",
"Breve comentario a una reciente publicación turca",
"Censo de obras de arte byzantinas,
"Constantinopla, Nicea, Trebizonda",
"Digenes Akritas",
"Dos poesías de Konstantino Kavafis",
"El Helenismo",
"El Tzykanisterion",
"Figuras Trapezuntinas: El Cardenal Bessarion",
"Figuras Trapezuntinas: Jorge de Trebizonda",
"Iglesia de la Virgen Panaghia Chrysocephalos",
"Iglesia de San Eugenio de Trebizonda",
"Iglesias de Trebizonda",
"Influencia byzantina en el arte románico de España",
"Influencia Byzantina en España después de la Reconquista",
"La Gran Idea y los Láscaris",
"La múltiple división de Grecia desde la conquista por los Cruzados hasta la ocupación turca",
"Las compañías catalanas en Oriente",
"Los cráneos de San Cosme y san Damián en Madrid",
"Los Pomaks Griegos",
"Monasterio de Xenophontos",
"Monastero de Sumela",
"Obispos y Metropolitas de Amasia",
"Rodas",
"Trebizonda en el siglo XX",
"Vataza Láscaris",
Byzance dans la poesie de Constantin Cavafy”,
Cinco notables joyas”,
El humanismo tema de nuestro tiempo”,
Escuela y previsión”, “Influencia educativo-social de la previsión en la pedagogía escolar”,
Flavius Paulus, Rex Orientalis”,
Función educadora del seguro escolar”,
Influencia bizantina de la España musulmana”,
La comunidad internacional”,
Los byzantinos en España”,
Los orfanotrofios griegos y su perduración en Byzancio”,
Ramón Lull y la Unión con los Bizantinos”,
Sept Princesses Byzantines de la Maison Láscaris en Espagne”,
Voyage de Benjamín de Tudela a Constantinopla”,
"Traducciones de algunas obras que tuvieron repercusión en Oriente y en Occidente", etc.
 En cuanto a materia jurídica ha realizado una compilación legislativa sanitaria de veinticinco tomos que, a la vista de su éxito, se está volviendo a editar; en 1989 publicó el titulado “Docencia e Investigación”, con 710 páginas.

Titulado y diplomado en derecho y ciencias sociales por varias universidades, centros e institutos. Miembro de la Asociación Colombiana de Estudios de Política Internacional y Diplomacia – ACEPID;  Colegiado Correspondiente del Centro de Estudios Históricos en Derechos Humanos “Diego de Torres y Moyachoque, Cacique de Turmequé”; Miembro de la Nipón Gakushikai Academy; del Instituto de Cultura Chibcha, de la Academia Brasilera de Ciencias Sociales, del International Research Institute, del Instituto Internacional Grancolombiano de Estudios Sociales, Económicos y Diplomáticos – IGESED; del Club de Intelectuales Franceses, del Centro del Helenismo Emigrante, del Halt Reasearche Institut de Sakyo Japón, del Colegio Heráldico de España y de Las Indias, Miembro de Número de la Sociedad Heráldica Española y de su Colegio de Armas, etc.

Gran Maestre de la Orden Imperial Bizantina de San Eugenio de Trebizonda, designado por Psefisma extendido el 13 de abril, día de la Santa Pascua de Resurreción de Nuestro Señor Jesucristo, del año 1958 de su era y 7466 de la era de Constantinopla, por su Alto Protector Eugenio II°, en aplicación de la Constitución XXVII de la Orden; recibió el "Tais", Manto Real de Timor Oriental; Gran Collar de la Orden de Santa María de Las Mercedes dentro de la Encomienda de San Pedro Claver, Medalla de Oro de la Previsión Española; Gran Collar de la Orden de Santa Ágata de los Paternó; Gran Collar del Estamento de Hijosdalgos del Nuevo Reino de Granada, Cruz de Guerra de la Asociación de Veteranos de Guerra de Grecia, Disco de Plata de San Demetrio de Tesalónica del Exarcado de la Orden de San Eugenio en Grecia; Medalla del Patriarcado de Jerusalén; Gran Cruz del Santo Sepulcro de Jerusalén concedida por el Patriarca de esa ciudad; Condecorado con la más alta medalla de la Orden de los Caballeros de Rizal de Filipinas; Gran Cruz de San Antonio del Desierto; Socio de Honor del Círculo de Estudios Genealógicos Familiares; Metopa del Athens College de Atenas; Presidente Honorario de la Academia de Ceremonial de la República Argentina "General Manuel Belgrano"; Bailío de Honor de la Fraternidad Caballeresca Michaelita; Medalla del Milenario del Monasterio Imperial, Patriarcal y Autónomo del Beato Xenofon del Sacro Monte Athos; Men of Achievement de Cambridge; Placa de la Asociación de Constantinopolitanos de Atenas; Medalla de Honor de la ciudad de Crato, Portugal;  Placa Recordatoria de la Embajada de Honduras en Atenas; Placa de la ciudad de Patras, Grecia; Ciudadano de Honor de la ciudad de Miami Beach; Medalla de la Sacra Ciudad de Missolonghi en Etolia, Grecia ;  Placa de la Sociedad Central de la Banca Nacional de Grecia; Placa Recordatoria de la Organización para la Promoción y la Internacionalización del Idioma Griego O.P.I.I.G.; Placas de la Sociedad de Amistad Heleno-Italiana e Investigación "Hugo Foscolo" y de la Vicealcaldía de Patras, Grecia; Gran Collar de la Imperial Orden Hispánica de Carlos V°, Gran Collar de la Orden del Orbe Hispánico; Medalla de Oro de la Fundación Louridion de Atenas y Diploma de Honor Supremo de la misma; Medalla de la Sociedad de Musicófilos de Constantinopla; Placa al Mérito del Museo Naval de Grecia; Placa del Museo del Ejército de Atenas y de la Sociedad de Amigos del Museo; Busto en bronce de Alejandro Magno del Museo de Ejército de Atenas; Metopa con las Armas de Infantería del Ejército Griego; Medalla de Oro con escudo de la Asociación "Argonautas-Komnenos" de Atenas; Medalla al Mérito el Cuerpo de Donantes de Sangre y Placa al Mérito del citado Cuerpo de Atenas; Placa al Mérito de la ciudad de Limni, Grecia; Escudo del Monasterio de Varnakova; Placa de la Asociación Póntica "Komnenoi" de Halkis (capital de Eubea); Medalla del Patriarcado Ecuménico de Constantinopla; Académico de la Sociedad Filológica Parnassos de Atenas; Medalla de Oro de la Asociación Pontia "Alexandros Ypsilantis"; Presidente y Socio de Honor de la Sede Compresoriale di Ragusa dell´Archeoclub de Italia, etc., etc.

El Príncipe don Juan Arcadio tuvo la suerte de estar casado con la ilustrísima y querida dama toledana doña María Isabel Monroy Blanco, unión que bendijo el padre Francisco Albarracín. La princesa María Isabel es una mujer de simpatía desbordante, que tiene siempre el regalo de una palabra atenta y agradable, como se lee en la descripción que de ella hace José María de Montells en el #17 de la Revista Iberoamericana de Heráldica. Es también una buena conocedora de la civilización byzantina. Ha escrito bastantes trabajos sobre esta materia, de los que destacamos “León V° de Armenia”, “Calinico”, “Romanos el Méloda”, “Nicéforo Blemmides”, “Nicéforo Chummos”, etc. La Princesa Maribel, es Prieure d´Honneur y Devotion de la Fraternidad Caballeresca Michaelita, Dama de Gran Cruz de la Orden Dinástica de la Real Corona Balear, Cruz del Santo Sepulcro de Jerusalén de Atenas, etc. Es Hija de connotado médico y humanista don Antonio Monroy Cordero.

De este matrimonio Láscaris-Comneno - Monroy Blanco, nacieron las bellas princesas:

A.    María Eugenia Isabel, nacida en Madrid el 20 de septiembre de 1975, Profesional en Técnica de Construcciones y Arquitecta. Actualmente es la Gran Maestre y Aristeia de la Imperial Orden de San Eugenio de Trebizonda, Madrina de la Bandera de la Toparquía de Cataluña de la Orden de San Eugenio. Colegiada Correspondiente del Centro de Estudios Históricos en Derechos Humanos “Diego de Torres y Moyachoque, Cacique de Turmequé”. La Princesa María Eugenia Isabel, es madrina de bautizo de mi segunda hija, doña Isabela Olano Leiva.
B.    Helena Isabel Irene, profesional universitaria en Derecho; Coadjutora de la Orden de san Eugenio, Aristeia de la Imperial Orden de San Eugenio de Trebizonda, al igual que Colegiada Correspondiente del Centro de Estudios Históricos en Derechos Humanos “Diego de Torres y Moyachoque, Cacique de Turmequé”.

Los Príncipes Juan Arcadio y María Isabel y sus hijas me han honrado con su especial y sincera amistad.



Los símbolos patrios

Del 20 de junio al 20 de julio comienza lo que la ley denomina “El mes de la Patria”. Se ha vuelto frecuente hacer lo que los norteamericanos: Cantar el himno nacional en versiones arrítmicas y letras <novedosas>, que hacen a los símbolos patrios en Colombia, hoy en día poco respetados, tanto así que el Código Penal establece una “multa” por su irrespeto, la cual no está monetizada y, en el Código Nacional de Policía, las sanciones por no izar la bandera patria sólo se han indexado en Bogotá hace tres años.

La Bandera Nacional es un glorioso símbolo de nuestras festividades patrias, según la Ley 198 de 1995, a diario debe izarse la bandera nacional y ubicarse el escudo patrio a la entrada principal de los edificios donde funcionen entidades públicas nacionales, departamentales, municipales y distritales; en las guarniciones militares y de policía, y en los establecimientos educativos; sí mismo en las sedes de las misiones diplomáticas y consulares de Colombia en el exterior.

La Ley que adoptó el Himno Nacional fue objeto de pronunciamiento de la Corte Constitucional, Sentencia C-469 de 1997, declaró exequible la Ley 33 de 1920 que lo consagró.

La ley 1 de 1952, por medio de la cual “se conmemora el cincuentenario de la consagración oficial de la República de Colombia al Sagrado Corazón de Jesús”, establecía que “Cada año se renovará la consagración oficial de la República en análoga forma y en el día, en que se celebra la fiesta del Sagrado Corazón de Jesús, la que será nacional a partir del año venidero, y se denominará de "Acción de Gracias".

Por Decreto 1340 del 30 de junio de 1940, se creó el “Día Nacional de la Flor”, y señaló para su celebración el segundo domingo de mayo, fecha tradicional de la conmemoración del Día de la Madre. La Flor Nacional de Colombia es la Cattleya Labiateae Variedad Trianae.

La Ley 61 de septiembre 16 de 1985, que recogió como árbol nacional de Colombia la Palma de Cera o Ceroxylom Quindiuense. Un poco después fue aprobada la ley que elevó al Cóndor de los Andes. Un caso especial, que incluye nuestra Constitución, es el artículo 188, que crea como Norma Superior un símbolo de la Unidad Nacional.

Finalmente, otros dos símbolos de la nación son: la disciplina deportiva del tejo, declarado en la Ley 613 de 2000 como deporte nacional en todo el territorio, obligando a Coldeportes a su divulgación y fomento. Y, por medio de la ley 908 de 2004, se declaró como Símbolo Cultural de la Nación el Sombrero Vueltiao Zenú.

El doctor Olano en Chile


¿Libertad? de prensa.

Siempre ha existido en Colombia un segmento de periodistas jamás protegido por el Estado; es aquel llamado “periodismo independiente”, integrado por personas que hasta han muerto en forma anónima o sin la protección estatal. Por eso nos parece valiente la actitud de la Fundación Guillermo Cano, que hizo un reconocimiento así fuera retórico sobre la función de la prensa en Colombia y el  mundo.

Los “independientes”, al hacer público lo público, como lo ocurrido en un municipio cercano, las amenazas y denuncias aparecieron contra ellos y, especialmente contra los periodistas que denunciaron las anomalías. La valerosa posición asumida por el escritor – periodista Gerney Ríos González, presidente de la Asociación de Comunicadores Sociales en este tema, es digna de destacar y de darse a conocer para que se promueva la protección en favor de este periodista y de sus colaboradores.

Una grave situación para el ejercicio de la actividad periodística, se encuentra paradójicamente, en el mecanismo por antonomasia de protección de los derechos fundamentales en Colombia, la acción de tutela, puesto que muchos jueces de primera instancia, han concedido el amparo a su buen nombre contra periodistas y medios de comunicación, incluso a señalados narcotraficantes, lo que llevó a que muchos de los procesos finalizaran en la Corte Constitucional, situación que se resume en un catálogo de casos emblemáticos y abundantes decisiones jurisprudenciales relacionadas con los hechos noticiosos divulgados a través de los medios de comunicación y su proyección en los derechos a la intimidad y a la información; la Corte Constitucional, ha dejado en claro que una de las condiciones para defender el derecho a la información, la constituye la veracidad de los hechos.

Debemos fortalecer los acuerdos para el ejercicio del periodismo independiente como lo plantea la Fundación para la Libertad de Expresión – FUNDALEX, para hacer más efectivas las medidas sobre el particular.

Un problema de los medios de comunicación, particularmente en Colombia, es su dependencia de la pauta publicitaria gubernamental o que son parte de algún holding empresarial que les inhibe informar con veracidad algunas noticias, sin que realmente primen los intereses de la sociedad, sino el rating, lo cual ha ocurrido aquí y en otros países más grandes o más pequeños, como el caso de la República Dominicana. Por eso, ha señalado Hans Joachim Schneider, que “no constituye una novedad afirmar que la prensa moderna escrita, oral y televisiva, es por lo común una prensa de empresa, es decir, sin grandes convicciones y sin más fines que los de una gran difusión que aumente sus beneficios”.

Posdata: ¿Cómo funciona la “meritocracia” judicial?