Este tipo de combustibles provienen de la biomasa (materia orgánica de origen vegetal o animal) como el alcohol etílico o etanol, metanol, biodiesel, diesel fabricado mediante el proceso químico de Fisher-Tropsch y combustibles gaseosos tales como hidrógeno y metano. Los biocombustibles se utilizan principalmente como fuente de energía de vehículos de motor y para producir energía eléctrica.
El Bioetanol se produce a partir de los carbohidratos contenidos en vegetales, tales como el maíz, la remolacha, la yuca o la papa, mediante un proceso de fermentación similar al de la elaboración de cerveza.
El Biodiesel se produce a partir de aceites de tipo vegetal o animal combinados con alcohol (etanol o metanol) en presencia de catalizadores originando ésteres metílicos y etílicos (biodiesel), que se han de mezclar con el combustible diesel convencional o se utilizan como combustible puro (biodiesel 100%). Este biodiesel se puede producir a partir de aceites de semilla. La Ley 697 de 2001, además define:
- Fuentes
convencionales de energía: Para efectos de la presente ley son fuentes
convencionales de energía aquellas utilizadas de forma intensiva y
ampliamente comercializadas en el país.
- Fuentes no
convencionales de energía: Para efectos de la presente ley son fuentes no
convencionales de energía, aquellas fuentes de energía disponibles a nivel
mundial que son ambientalmente sostenibles, pero que en el país no son
empleadas o son utilizadas de manera marginal y no se comercializan
ampliamente.
- Energía
Solar: Llámese energía solar, a la energía transportada por las ondas
electromagnéticas provenientes del sol.
- Energía
Eólica: Llámese energía eólica, a la energía que puede obtenerse de las
corrientes de viento.
- Geotérmica:
Es la energía que puede obtenerse del calor del subsuelo terrestre.
- Biomasa: Es
cualquier tipo de materia orgánica que ha tenido su origen inmediato como
consecuencia de un proceso biológico y toda materia vegetal originada por
el proceso de fotosíntesis, así como de los procesos metabólicos de los
organismos heterótrofos.
- Pequeños
aprovechamientos hidroenergéticos: Es la energía potencial de un caudal
hidráulico en un salto determinado que no supere el equivalente a los 10
MW.
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