No obstante mi nombramiento como Profesor Honorífico de la Escuela Taurina de Granada, España, en los últimos veinte años he estado en toros en dos oportunidades, gracias a un amigo que compra cuatro abonos de contrabarrera y cuando alguno de sus invitados se corre, me llama a última hora para ir a “La Santamaría”.
Ahora el alcalde quiere convertir la plaza en lugar de culto a la poesía. Toros y poesía han tenido mucha relación; por ejemplo, Joaquín Sabina ha compuesto muchas obras; Rafael Alberti dedicó un poema a las corridas de toros; lo mismo hicieron el Arcipreste de Hita; Hemingway; Juan Ramón Jiménez; Fernán González; Unamuno; Machado y García Lorca.
Con la decisión del alcalde capitalino, al dar por terminado unilateralmente el contrato con la Corporación Taurina, el conflicto se vuelve una corrida cuyo abono espero capotear, pues a los bogotanos nos cortarán oreja y rabo haciéndonos pagar por esa ocurrencia las indemnizaciones por pleitos, condenas, perjuicios y honorarios, que según el 90 Superior hará que el Estado responda patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas. Si el Estado es condenado a la reparación patrimonial de uno de tales daños, que haya sido consecuencia de la conducta dolosa o gravemente culposa de un agente suyo, aquél deberá repetir contra éste, ¿Cómo probar ese dolo?
La Corte Constitucional en la Sentencia C-666 de 2010 se pronunció sobre las corridas de toros, rejoneo, coleo, novilladas, corralejas, becerradas y tientas y riñas de gallos, dejando por fuera las peleas de perros; allí reconoció que en Colombia existe el desconocimiento del deber de protección de los recursos naturales que constituyen casos de maltrato animal, por lo que consideró que en la práctica de actividades de entretenimiento y de expresión cultural con animales, debe entenderse que éstos requieren protección especial contra el sufrimiento y el dolor, y siempre y cuando se morigeren las conductas especialmente crueles y que sólo podrían desarrollarse actividades como éstas en aquellos municipios en los que las mismas sean manifestación de una tradición regular, periódica e ininterrumpida y en las ocasiones autorizadas, desincentivándose la actividad gradual y temporalmente, no en forma abrupta.
Incluso el marqués de Vargas Llosa, en Barcelona, el pasado 7 de mayo en un mano a mano dialéctico con el escritor Fernando Sánchez Dragó, dijo de las corridas de toros que son un espectáculo de creación como la poesía, la música y la novela.
Sólo queda una pregunta: ¿quienes defienden la vida del toro están también contra el aborto?
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