miércoles, 26 de agosto de 2015

¿Congreso tricameral?


Mucho se ha discutido en estos días si la ratificación de los acuerdos de La Habana deberían darse a través de un “Congresito” u otra figura. Hace algún tiempo, un senador (hoy en día Ministro del Interior), proponía una constituyente como solución para cualquier otro tema de actualidad; lo mismo ha ocurrido con ministros de Estado y hasta con ex constituyentes. Sin embargo, la Constitución de 1991 dejó cerrada la puerta para que esta figura, pues aunque figura en el texto del ordenamiento Superior, no se deja a ningún conductor capacidad de maniobra, es decir, una Constituyente no posee dirección hidráulica, como quisieran los negociadores de La Habana.

La Constitución es norma superior pues es expresión la concreción de la voluntad del poder constituyente. La supremacía o supralegalidad de la Constitución depende de estos dos elementos: De la rigidez, pero también de su origen en el poder constituyente.

La Constitución es una norma marco para la Convivencia de todos los colombianos, no el mecanismo de expresión de todas las aspiraciones que hay en la sociedad, de tal forma que los proyectos de reforma deben ser expresión de aspiraciones de un amplio espectro social, no de intereses puntuales. La Constitución es una norma con pretensión de estabilidad y el constante “manoseo” que ha tenido con casi cuarenta reformas en casi 25 años, la crítica permanente a los representantes del Congreso mediante la presentación de proyectos de reformas, y ahora la iniciativa insurgente, lo que puede es crear en la opinión pública una sensación de inoperancia o de incorrección del texto Constitucional.

En el libro del profesor Antonio Barreto Rozo de la Universidad de los Andes, titulado “La Generación del Estado de Sitio. El juicio a la anormalidad institucional en la Asamblea Nacional Constituyente de 1991”, se lee en la segunda parte del tercer capítulo del último estado de sitio ante la Asamblea Nacional Constituyente de 1991, efectuando un recuento de intervenciones de los delegatarios de diferentes partidos y movimientos políticos en torno a esa figura, hasta que se produjo un <blanqueo de normas>, ratificadas por el artículo 8 transitorio de la Carta y ratificadas por la Comisión Especial Legislativa, conocida  como <Congresito>, grupo de "idiotas útiles al servicio del jefe de Estado, para que él fuera el único en legislar, en desarrollo de la Carta Magna y en reemplazo del Congreso de la República...", como lo expresó Hernando Londoño Jiménez.


Eso al parecer es lo que se quiere, una tercera cámara congresional de bolsillo, con el nombre que sea, pero con el objetivo de buscar que antes de octubre surja una postulación al Premio Nobel de Paz.

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