jueves, 29 de septiembre de 2011

Andrés Bello, el Jurista de América

Bello, como verdadero jurisperito, encontró a lo largo de los años la relación entre las diversas ramas del derecho, su unidad y su misión, que se integraron en su obra cumbre, el Código Civil, que consolidó nuestra organización jurídica y fue descrito como una “obra incomparable por su rigor metodológico, profundidad, sentido de equilibrio, poder de síntesis, justa proporción y precisión y belleza en el lenguaje[1]

Por eso, esta compilación es un sencillo homenaje al caraqueño Andrés Bello López, el mayor de ocho hermanos, casado dos veces, padre de quince hijos, y quien como jurista dominó el derecho romano, la legislación comparada, el derecho internacional público y por supuesto, el derecho civil; su existencia fecunda y su personalidad polifacética le permitió conocer desde niño, con varios frailes que actuaron como sus preceptores, el latín, el francés y la gramática española además de las matemáticas.

En 1800, a los 19 años de edad, recibió el título de Bachiller en Artes por la Universidad de Caracas, que completó con estudios de filosofía y de derecho en Londres donde actuó como diplomático y fuera traductor de Virgilio y de Voltaire, así como de las octavas reales del “Orlando Enamorado” de Berni.

Fue oficial mayor de la Capitanía General de Venezuela en 1802; en 1806 se dedicó a la caficultora en la finca “El Helechal”;  en 1807 Comisario de Guerra y Secretario Político de la Junta de La Vacuna contra la viruela, a la que incluso le compuso un poema; en 1808 Redactor de la “Gaceta de Caracas”; en 1809, primer oficial de la Capitanía General de Venezuela; y Secretario de la Junta de Caridad en 1810, año en el cual edita el primer libro publicado en Venezuela “Calendario Manual y Guía Universal de Forasteros en Venezuela”.

Luego fue Secretario de las Misiones de Venezuela, de Colombia y de Chile ante el Gobierno Británico y, cuando navegaba en la fragata “Wellington” rumbo a su destino junto a Bolívar y a López Méndez, recibió una carta de Juan Germán Roscio, quien le escribió: “Ilústrese más para que ilustre a su Patria”.

Estando en Londres, Bello fue corrector de una edición de la Biblia; ordenó manuscritos de Bentham, editó revistas, escribió artículos y maduró como humanista en las bibliotecas del Museo Británico, la London Library, la biblioteca del Precursor Miranda y la suya propia, reunida con grandes sacrificios y privaciones.

También editó en la capital inglesa junto al cartagenero Juan García del Río dos revistas, la “Biblioteca Americana” en 1823 y el “Repertorio Americano” entre 1826 y 1827; con ese mismo compañero escribió un ensayo sobre simplificación y reforma de la ortografía en América. Comentó la “Literatura del Mediodía de Europa”, de Sismondi; el poema la “Victoria de Junín” de Olmedo; la “Historia de Colombia”, de Restrepo. También realizó una investigación sobre el “Poema del Cid”, la “Crónica de Turpin” y “Los Nibelungos” y en 1827 publicó sus comentarios a las “Instituciones de Derecho Romano”.

Fue designado Cónsul de Colombia en París pero declinó la oferta para trasladarse de Londres a Chile con su familia a bordo del bergantín “Grecian”, y después de bordear el Cabo de Hornos, arribó a Valparaíso en junio de 1829, tenía 48 años.

En Chile trabajó primero como auxiliar del Ministerio de Hacienda, en misión ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, donde fue nombrado en propiedad en 1834 como Oficial Mayor, lo que hoy sería viceministro; igualmente, desde 1830 regentaba el Colegio de Santiago, lo cual hizo hasta 1832.

Clausurado el Colegio de Santiago, Bello impartió en su casa lecciones particulares de derecho natural y de gentes, de latín y de derecho romano y comenzó a escribir en “El Araucano” en las secciones literaria y científica y a veces en la de política, colaborando allí hasta 1853. También se publicaron sus artículos en “El Crepúsculo”, “El Museo” y la “Revista de Santiago”.

En 1831 nacen los trabajos de Bello sobre el Código Civil y en 1840 participó en la Comisión de Legislación, cuya función era la de codificar leyes civiles.

Don Andrés publicó en 1832 sus “Principios del Derecho de Gentes”, luego denominados “Principios de Derecho Internacional”; ese mismo año integra la Junta Nacional de Educación y la Comisión de Censura de Libros; en 1835 aparecen los “Principios de la ortología y métrica de la lengua castellana” que se anticipa a su texto “Gramática de la lengua castellana destinada al uso de los americanos” y, en 1836 recibió el grado de Bachiller el Leyes por la Universidad San Felipe de Santiago. Cabe anotar cómo el gran jurisconsulto de América nunca obtuvo su título de abogado.

En 1837, Bello es elegido Senador de la República, curul que ocupó durante tres períodos hasta 1864. En 1841 publicó su opúsculo “Análisis ideológico de los tiempos de la conjugación castellana” y el 21 de mayo de 1843 fue designado como primer Rector de la Universidad de Chile, cargo que ocuparía hasta el final de sus días. Ese año de 1843 publicó sus comentarios a los “Elementa Jus Romani de Heinecio” y a Bello también se debe la edición de los “Anales de la Universidad de Chile” donde publicó su “Juicio Crítico a <La Araucana> de Ercilla” y sus “Observaciones sobre la historia de la literatura española de Ticknor”.

Por su “Gramática”, recibió en 1851 el nombramiento como miembro de la Real Academia Española. En 1856 participó en la tarea de definir jurídicamente las fronteras de Chile, e inspiró a la Cancillería Chilena en dos tratados con Argentina, uno en 1856 sobre la reafirmación de la soberanía de Chile en el estrecho de Magallanes, y el otro, firmado en 1881 cuando ya había muerto.

A finales de 1852 culminó su proyecto de Código Civil con anotaciones muy interesantes que dieron para su discusión pública en 1853 en el seno de una comisión de juristas que concluyó su tarea en 1855. Pocas semanas después, la legislatura aprobó sin modificaciones el Proyecto y ordenó la publicación del Código Civil, que vio la luz en edición oficial en 1856 y entró a regir el 1 de enero de 1857, dos de cuyos ejemplares llegaron a Colombia a manos de don Manuel Ancízar.

Por medio de una ley del 14 de diciembre de 1855, el Congreso de Chile agradeció a Bello su dedicación a la redacción del Código Civil y como recompensa le asignó la suma de veinte mil pesos, “y el tiempo de servicio que le faltaba para jubilarse con sueldo íntegro del empleo de Oficial Mayor del Ministerio de Relaciones Exteriores[2].

Recordemos que en Colombia, la república federalista en 1873, adoptó con algunas modificaciones el Código de Bello. Es –según Martín Alonso Pinzón[3]- “el mismo Código de Bello que don Manuel Murillo Toro y don Eustorgio Salgar hicieron adoptar años antes, en 1858, en el Estado Federal de Santander. El mismo fue adoptado en 1859 por Cundinamarca” y, desde que fuera expedida la ley del 15 de abril de 1887, rige en todo el territorio colombiano.

En 1864 Bello es designado árbitro de las controversias entre Estados Unidos y Ecuador y entre Colombia y Perú en 1865.

Anciano, enfermo, paralizado en una silla de ruedas, falleció en su casa en la madrugada del domingo 15 de octubre de 1865, a los 84 años.

Fue su obra póstuma la “Filosofía del Entendimiento”, publicada en 1881.

Como dice Martín Alonso Pinzón[4], “El Libertador Bolívar creó repúblicas y Bello consagró su vida a trabajar con la pluma y el intelecto para asegurar, mediante instituciones jurídicas diseñadas por él, la libertad sagrada que los libertadores conquistaron con sus espadas en las patrias americanas.

BIBLIOGRAFÍA:
ALONSO PINZÓN, Martín, Andrés Bello. Jurisconsulto. Editado en Santiago de Chile. S.f., S.p.i.
FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, Sergio. Prólogo al libro “Andrés Bello. Jurisconsulto, de Martín Alonso Pinzón.



[1] FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, Sergio. Prólogo al libro “Andrés Bello. Jurisconsulto, de Martín Alonso Pinzón, Santiago de Chile.
[2] ALONSO PINZÓN, Martín, Op. Cit., p. 241.
[3] ALONSO PINZÓN, Martín, Op. Cit., p. 242.
[4] ALONSO PINZÓN, Martín, Op. Cit., p. 38.

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