Gómez Betancur, nacido en la bella tierra de las lozas, Carmen de Viboral, Antioquia, culminó sus estudios secundarios en el Liceo “Marco Fidel Suárez” de Medellín en 1962 y los de Derecho en 1986, en la Pontificia Universidad Javeriana, en la cual ha obtenido además los grados de Especialista en Derecho Canónico – Baccaulauream (1982), Especialista en Derecho Laboral (1988), Licenciado y Magíster (Magna Cum Laude) en 1986 y Doctor en Derecho Canónico (1990). Miembro Activo del Colegio de Abogados Canonistas de Colombia – Iuris Canonici Collegium, desde el 2 de diciembre de 1991 y Miembro de la Academia de Historia Eclesiástica de Colombia.
Casado desde hace más de tres décadas con la abogada Martha Clemencia Tamayo de Gómez, es padre de cuatro varones, todos ellos ya profesionales: Daniel Fernando, Julián David, Ricardo Mauricio y Carlos Darío, quienes siguen el ejemplo formativo de sus Padres.
Durante su carrera académica, se ha desempeñado durante los últimos nueve años como Decano Académico de la Facultad de Derecho Canónico de la Pontificia Universidad Javeriana, Secretario Académico de la misma Facultad y como Magistrado del Tribunal Superior Eclesiástico de Apelaciones de Colombia desde 1991. Su labor docente, con lujo de competencia, la ha impartido a numerosos estudiantes de las Universidades: Pontificia Javeriana, La Gran Colombia , Católica y de La Sabana , en las asignaturas Derecho Romano, Latín, Reglas del Derecho e Investigación Dirigida.
Libros y Artículos se suman a su producción intelectual: “El Derecho, un problema de hombres, no de leyes”, “a Ley de las XII Tablas”, “La Equidad Romana ”, “Concordato, sí o no?”, “Diccionario de Derecho Romano y Canónico”, “Aforismos Magisteriales “y éste último, “Las Reglas del Derecho”.
El libro objeto de recensión, presenta en 139 páginas, los elementos para permitir a doctos y profanos, “sumergirse en las profundidades y reconditeces del derecho”, ya que la obra constituye, por así decirlo, “la gramática del derecho”, pues como lo indica el R. P. Aldo Stella en la presentación de la obra, “dilucida la razón de ser de los principios generales y la diversidad de sus funciones (sistematizadora, supletoria e interpretativa, e indica la manera como dichas Regulae Juris expresan, por medio de aforismos latinos ya clásicos, ampliamente empleados en el lenguaje jurídico culto, esos mismos principios fundamentales”.
Cabe indicar que las Reglas del Derecho incluidas en esta obra, no deben ser confundidas con los llamados Principios Generales del Derecho, pues entre éstos y aquellas, existe una muy sutil distinción, “ya que mientras los unos son enunciados universales de los que es dable deducir aplicaciones particulares, las otras son expresiones sintéticas de un determinado principio jurídico, que han sido formuladas con miras a su utilización concreta.”
Gómez Betancur presenta la razón de ser del tema y enfoque del mismo, para pasar a describirlo en los siguientes capítulos:
I. Los principios generales y las reglas del derecho.
II. Los principios generales del derecho canónico.
III. Las reglas del derecho: aspecto histórico – jurídico.
IV. Principios que se deben tener en cuenta para aplicar una regla de derecho.
V. Utilidad práctica de las reglas del derecho.
VI. Límite para la aplicación de las reglas del derecho.
VII. Las reglas del derecho y la forma de su enunciado.
VIII. Formulación y aplicación de las reglas del derecho.
IX. Las reglas del derecho en su formulación son el resultado de un procedimiento inductivo o deductivo?
X. Es posible clasificar las reglas del derecho?
XI. Operancia y validez de las reglas de derecho en la legislación antigua.
XII. Operancia y validez de las reglas del derecho en la legislación canónica actual.
XIII. Las reglas de derecho como instrumento para una recta aplicación e interpretación de las normas.
XIV. Lenguaje jurídico romano.
XV. Lenguaje jurídico canónico.
XVI. Principios que se deben tener en cuenta para una recta interpretación de las normas.
XVII. Las reglas del derecho y su diferencia con otras nociones.
La amplitud de la obra y la propiedad con que son tratados los temas que integran las diversas categorías de las Reglas del Derecho con particular extensión y total seguridad doctrinal.
Se evidencia también dentro del libro, la injerencia positiva de la legislación románica sobre el derecho canónico y viceversa, ya que de una y otra se nutre el libro para presentar las Reglas del Derecho con la probidad del caso, lo cual se complementa con el valioso anexo de aforismos que el autor extracta de las Decretales, apoyado en los dos grandes cuerpos jurídicos “El Corpus Iuris Civilis” y el “Hábeas Iuris Canonici”, en los cuales el estudioso del derecho, incluido el canonista, podrá encontrar como la cantera, de donde es preciso extraer aquellas máximas sublimes de los juristas romanos y de los canonistas y que servirán de principios inspiradores a los ordenamientos modernos, como establece el autor.
Cierra la obra, con la siguiente máxima atribuida a Godofredo: “Son las reglas del derecho, a saber: los verdaderos fundamentos de aquel, en los cuales se apoya todo el andamiaje del derecho; son las fuentes, de las cuales, como por canales y arroyuelos se toma el derecho. Son las semillas, que al nacer y crecer con la práctica y con el uso se difunden después ampliamente y se extienden en ramas; son las chispas con las cuales las mentes se iluminan en todas partes; son graneros de víveres y los tesoros de donde deben tomarse las cuestiones propuestas; son las llaves con las cuales se abren las profundidades y reconditeces del derecho; son finalmente, constelaciones a los navegantes en el vastísimo océano”.
El doctor Gómez Betancourth fue el Director de mi tesis doctoral, así como de mi tesis de la maestría en Derecho Canónico. A él mi gratitud perenne.
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