En los primeros dieciocho años de vida de la Constitución Política de Colombia de 1991, que se cumplen el 4 de julio podríamos usar el término “Boterismo constitucional”, una expresión utilizada por el constitucionalista Jaime Castro, para referir que, se ha presentado una inflación de reformas constitucionales.
La siguiente estadística nos presenta el activismo legislativo reformatorio de la Carta a partir de 1991:
• César Gaviria (1.990-1994): 3
• Ernesto Samper (1.994-1998): 4
• Andrés Pastrana (1.998-2002): 7
• Álvaro Uribe (2.002-2006): 8
• Álvaro Uribe (2.006-2009): 5 (y antes de julio de 2009 otras 3 mínimo).
Desde 1821, todas las Constituciones nacionales de Colombia, han confiado a las Cámaras Legislativas el ejercicio de la función constituyente; es decir, la autorización y competencia suficientes para reformar el ordenamiento constitucional vigente, previo cumplimiento de requisitos mayores que los exigidos para la expedición de una ley, por ejemplo, en cuanto al número de debates y votos necesarios para su aprobación.
Más de 450 propuestas de enmienda constitucional, han dado lugar a la expedición por parte del Congreso de la República de Colombia de 27 Actos Legislativos; 51 artículos han merecido enmienda y/o creación por Acto Legislativo y uno de ellos por medio de un referendo, luego adoptado por Acto Legislativo, para un total de 54 artículos enmendados, algunos de ellos hasta seis veces (el 356), cuatro (el 299), tres (el 135 y el 357), dos (el 176, 300 y 312), lo que en realidad daría 69 reformas en 18 años, que subiría el promedio inicial a una media de 3,83 artículos reformados por año y sólo contando el número de actos legislativos, daría como resultado 1,5 enmiendas por año.
De los actos Legislativos hasta ahora expedidos, “ninguno refleja un pensamiento rector ni entre ellos hay un hilo conductor o un enfoque particular que permitan sostener que sus normas buscaron estructurar un nuevo sistema político o una nueva forma de Estado”. Como lo expresó hace unos años Jaime Castro.
De estas reformas, algunas han sido declaradas inexequibles por la Corte Constitucional; sin embargo, la Carta de 1991, a este paso, ha tenido más enmiendas en sus primeros dieciocho años, que las 73 que tuvo la Constitución de 1886.
¿Qué ha quedado del querer del Constituyente primario luego de expedidas éstas reformas? El 4 de julio de 2009, la Carta de 1991 llega a su mayoría de edad; espero que estos cambios hormonales de su adolescencia, culminen con las transformaciones hormonales con que la han agobiado estos años.
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