En Colombia, las denominadas “feministas” no están sino para promover “acciones de género” y reivindicar genocidios a través de su enrostrado argumento de seguir a pie juntillas la errada decisión de la Corte Constitucional sobre la vulneración al derecho a la vida del concebido no nacido. ¿Dónde están para temas también trascendentales como la reivindicación de derechos de las viudas indefensas?
Yo creía hasta hace muy poco que esa expresión había ido perdiendo vigencia: Una viuda sin ingresos, al perder a su marido pensionado queda en la inopia: En primer lugar, el valor del funeral, avisos, coronas, tarjetas de agradecimiento, el correo, llamadas a un lado y otro, las innumerables copias de las partidas de nacimiento, matrimonio y defunción; las docenas de fotocopias al 150% de su cédula de ciudadanía (y eso si por fin la Registraduría luego de dos años se la entregó); las varias declaraciones extra procesales en las que certifique que su marido sí era su marido y que ella sí era la esposa y, aparte de eso, el banco donde pagan la mesada o donde tenía sus ahorritos el causante, que arbitrariamente con gerentes indolentes, congela el mismo día del fallecimiento los réditos de una sociedad conyugal de uno o de muchos años, sin tener en cuenta, que hace poco, la Ley 1395 de 2010 dispuso en su artículo 119, modificar el numeral 7 del artículo 127 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (Decreto 663 de 1993), disponiendo la entrega de dineros de una cuenta corriente, o de dineros representados en certificados de depósito a término o cheques de gerencia, cuyo valor total a favor de aquella no exceda del límite que se determine de conformidad con el reajuste anual ordenado en el artículo 29 del Decreto 2349 de 1965, sin juicio de sucesión, al cónyuge sobreviviente, al compañero o compañera permanente, o a los herederos, o a uno u otros conjuntamente, según el caso.
Otro tema es el trámite del auxilio funerario: mínimo tres meses en el Seguro Social, donde además, con voz vibrante y sonrisa en cara, los abogados le dicen a las viudas: “Para la sustitución son mínimo nueve meses antes de que se meta la tutela y además, Usted quedó desde la muerte de su marido sin EPS, si quiere se afilia a una, o si no puede, pase aquí a la oficina del SISBEN para que lo atiendan.”
A qué político, o a qué líder feminista le ha dado por promover acciones efectivas en búsqueda de la protección de las viudas indefensas, sean del estrato que sean?
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